¿Pueden castigar a Estados Unidos?

Siguiendo la pista|
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En la madrugada del 3 de enero, como si fuera una réplica del sismo de 6.5 que se presentó un día antes en San Marcos, Guerrero, México, cimbró a nivel internacional una promesa para miles de venezolanos: la caída de Nicolás Maduro. A las 02:00am de este sábado era noticia de último minuto que habrían bombardeado bases militares y horas después, la fiscal general de Estados Unidos de Norteamérica, Pamela Bondi, confirmaba la detención de Nicolás Maduro y su esposa Cilia Flores.

Como sabemos, las redes sociales fungieron como una mesa de debate, entre quienes aplaudieron este acto…

cabe destacar que la mayoría de los propios venezolanos afirmaron estar contentos con esta realidad

 y quienes lo repudiaron…

no olvidemos que en nuestro hermoso México tuvieron la “brillante” idea de irse a manifestar a la embajada norteamericana…mexicanos manifestándose y vandalizando la embajada norteamericana por un hecho que fue aplaudido por los venezolanos que huyeron de su propia casa, porque no podían soportar más el régimen de Nicolás Maduro.

Pero poco más allá de las predecibles posturas de Gobierno Federal y de la reaparición de Andrés Manuel López Obrador

a quien ya le han hecho varios videos donde se puede ver como replica varios discursos de Hugo Chávez, predecesor de Nicolás Maduro

y quien muy fuertemente castigo al presidente Donald Trump al no “mandarle un abrazo”

Es que fiel a su idea de “abrazos y no balazos”, pues el no mandar un abrazo es un castigo fuerte.

Pero después de evidentes posturas como la de la presidenta Claudia Sheinbaum quien tanto en redes como hoy en la mañanera hizo su pronunciamiento en contra de la intervención Norteamericana, o la preocupación y exigencia de Fernández Noroña desde la “bela Roma”, o directamente el pronunciamiento del partido oficialista MORENA y es que

poco más allá de las opiniones de la política Mexicana, aquí impera la pregunta…

¿Pueden sancionar a Estados Unidos?

Y es un tema interesante del Derecho Internacional, primero hay que remontarnos en el fundamento legal que cito precisamente la presidenta Claudia Sheinbaum, el artículo 2 párrafo cuarto de la Carta de las Naciones Unidas.

“ Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.”

Recordemos que la finalidad de la Organización de las Naciones Unidas, tiene como finalidad mantener la paz y seguridad internacional, teniendo sus orígenes a finales de la Segunda Guerra Mundial.

Ahora bien, partiendo de esta tesitura, dentro de la Carta de las Naciones Unidas, contempla la creación del Consejo de Seguridad:

Artículo 23, Párrafo Primero: El Consejo de Seguridad se compondrá de quince miembros de las Naciones Unidas”

Seguramente te estarás preguntando ¿Y para que sirve?

De acuerdo al artículo 24

“A fin de asegurar acción rápida y eficaz por parte de las Naciones Unidas, sus Miembros confieren al Consejo de Seguridad la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales, y reconocen que el Consejo de Seguridad actuá a nombre de ellos al desempeñar las funciones que le impone aquella responsabilidad.”

Y aquí es donde se pone interesante apreciable lector, 10 naciones son “no permanentes”, los cuales son mediante votación y tienen un periodo en dicho consejo durante 2 años.

Sin embargo, las otras 5 naciones son “permanentes”, y adivina quien se encuentra ahí…

Así es, Estados Unidos de America, a la par  de China, Francia, Rusia y Reino Unido.

Ahora bien, surge algo más interesante aún, al momento de crearse las Cartas de las Naciones Unidas, señalaron que habría que haber 5 países que desempeñaran un papel importante: seguridad y paz internacional, estos países fueron los que ya te mencione, y adicional a esto, les dieron “el poder de veto” dentro del Consejo.

Este poder de veto consiste en que si no están de acuerdo en alguna resolución, esta simplemente no procede, no se aprueba.

En palabras de la propia página de la ONU, “Los cinco miembros permanentes en uno u otro momento han ejercido el derecho de veto, algunos con más frecuencia que otros, y en momentos particulares dentro de ese período

Por lo que entonces…respondiendo a la pregunta ¿Pueden sancionar a Estados Unidos? Considero que la respuesta es clara.

Es evidente que hay situaciones han dejado entrever que el Derecho Internacional funge como un gran elefante blanco, bonito en el papel, romántico en sus letras, pero la realidad, demuestra que simplemente no esta siendo efectivo.

Sin embargo, solo nos queda, seguirles la pista.

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