El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló el delito de ciberasedio en Puebla tras concluir que su formulación ponía en riesgo derechos como la libertad de expresión. La decisión elimina del Código Penal estatal el artículo 480, vigente desde su aprobación. De acuerdo con el análisis del tribunal, la norma era ambigua y permitía interpretaciones amplias. Verbos sin definición técnica clara podían convertir interacciones comunes en redes sociales en conductas sancionables, lo que generaba incertidumbre jurídica para los usuarios.
La resolución también establece que cualquier procedimiento iniciado con base en este delito pierde validez. Al tratarse de materia penal, los efectos son retroactivos y obligan a cancelar investigaciones o sanciones en curso vinculadas con esta figura.
El caso se originó por acciones promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y colectivos desde 2025. En el Congreso de Puebla, bajo la presidencia de Pavel Gaspar Ramírez, se anticipó que se acatará el fallo y se revisará una nueva regulación.






