La cómoda omisión de la FGR

Siguiendo la pista/Diana Luisa Ramírez Martínez
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El pasado 22 de febrero, fue un día histórico, habría sido abatido el líder y fundador del Cartel Jalisco Nueva Generación (CJNG), Nemesio Oseguera Cervantes, conocido como “El Mencho”, en su cabaña en Tapalpa, Jalisco. Este resultado se habría llevado a cabo por el trabajo operativo y coordinado entre las Fuerzas Federales Mexicanas: Guardia Nacional, Fuerzas Militares, SEDENA y el Sistema de Inteligencia de Estados Unidos.

Vaya, no hay que olvidar que había una polarización entre quienes decían que era un logro de la 4T y otros que decían que era por obra de Estados Unidos.

Tampoco hay que dejar de lado que mientras todos opinaban de forma radical una postura y otra, pasaban por alto que habían sido abatidos miembros activos de Guardia Nacional, y que poco tiempo después las familias de estos servidores caídos, manifestaron irregularidades en la entrega de sus cuerpos, pues en algunos casos, ni siquiera habrían sido resguardados para evitar que entraran en un estado de descomposición o ya tan siquiera, que fueran realmente identificados.

Resultó demasiado interesante como fue días después de este evento, se suscitó algo que pasaba muy frecuentemente en los gobiernos “neoliberales”: darle entrada a la prensa a lugares “importantes”.

Y es que durante los días siguientes, varios medios de comunicación entraron a las cabañas, donde se presumiría, eran la residencia de “El Mencho”. Incluso, siendo los propios medios de comunicación quienes dieron a conocer varios datos interesantes, como, por ejemplo: “las narco nóminas.”

 Quizás algunos “mal vibrosos” empezamos a cuestionar algo muy, pero muy básico:

 ¿Qué acaso no se supone que debería de estar resguardo el lugar?

Solo bastaba con ver que varios medios de comunicación hacían un seguimiento desde el interior de las cabañas, señalaban la cocina, las recámaras y varias pertenencias que al parecer serían de “El Mencho”.

¿Y la Fiscalía?

¿Y el resguardo?

Estamos de acuerdo que este tipo de omisiones, en estos tiempos, simplemente no pueden ocurrir, partiendo más aún desde la tesitura de que la actúa fiscal es la Licenciada en Derecho Ernestina Godoy Ramos, misma que fue fiscal general de Justicia de la Ciudad de México (2020-2024) y hasta hace unos meses, era Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal (2024-2025).

Novata e inexperta, simplemente no es.

EL ASEGURAMIENTO DEL LUGAR DE LOS HECHOS: UNA OBLIGACIÓN DE LA FGR

Ahora que vemos que la actual fiscal es una mujer con experiencia en el área, resulta interesante que simplemente el aseguramiento no se llevó a cabo.

Y antes de que me digan “Ay, pues quien dice que le tocaba a ella”… vamos a ir paso a paso.

En primer lugar, es obligación del Ministerio Público impedir que se pierdan o alteren los indicios y lo encontramos en la fracción IV del 131 del Código Nacional del Procedimientos Penales.

Artículo 131.- Obligaciones del Ministerio Público…

I…

II…

III…

V. Ordenar o supervisar, según sea el caso, la aplicación y ejecución de las medidas necesarias para impedir que se pierdan, destruyan o alteren los indicios, una vez que tenga noticia del mismo, así como cerciorarse de que se han seguido las reglas y protocolos para su preservación y procesamiento;

Si nos vamos a lo que nos dice el Código Nacional de Procedimientos Penales, encontraríamos que en el artículo 229 dice a la literalidad:

Artículo 229. Aseguramiento de bienes, instrumentos, objetos o productos del delito

Los instrumentos, objetos o productos del delito, así como los bienes en que existan huellas o pudieran tener relación con éste, siempre que guarden relación directa con el lugar de los hechos o del hallazgo, serán asegurados durante el desarrollo de la investigación, a fin de que no se alteren, destruyan o desaparezcan. Para tales efectos se establecerán controles específicos para su resguardo, que atenderán como mínimo a la naturaleza del bien y a la peligrosidad de su conservación.

Aquí encontramos que, en primer lugar: el inmueble debía ser asegurado, a fin de evitar que se alterara, destruyera o desapareciera cualquier indicio DENTRO de la cabaña donde se presume “vivía” el capo abatido.

Así como también, hay que destacar algo más importante aún, y es que, dentro de las técnicas de investigación, se contemplan las “Cadenas de custodia”.

Artículo 227. Cadena de custodia

La cadena de custodia es el sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión.

Con el fin de corroborar los elementos materiales probatorios y la evidencia física, la cadena de custodia se aplicará teniendo en cuenta los siguientes factores: identidad, estado original, condiciones de recolección, preservación, empaque y traslado; lugares y fechas de permanencia y los cambios que en cada custodia se hayan realizado; igualmente se registrará el nombre y la identificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos elementos.

La finalidad, de la cadena de custodia es clara: evitar que los objetos que se vean involucrados pierdan su valor probatorio.

Si en un inmueble no hay un debido aseguramiento, por ende, llegan más personas, claramente se contamina la escena y por ende todos los objetos que se encuentren en el lugar “del hecho”.

Al contaminarse, estos indicios pierden valor probatorio.

Sin pruebas, no hay forma de sostener o acusar a las personas señaladas.

“SE ME CHISPOTEO”.

Hace días la propia Fiscal Ernestina Godoy reconoció que no se aseguró el sitio porque “no había condiciones mínimas de seguridad” para el personal ministerial y pericial” tras el operativo donde fuera abatido “El Mencho”.

También reconoció que ingresaron a los inmuebles varias personas “no autorizadas” …

Aventándole la piedra a la prensa…

Y por ende, se alteró y contamino la escena, por lo que, no puede saberse si los objetos e indicios…

Ejemplo: las narco nominas…

Realmente estaban en el lugar o no…

Que tal si las sembraron para dañar la imagen de políticos u otros servidores públicos…Ya ven que el PRIAN es bien influyente.

Entonces, al no ser preservados conforme a la ley, se rompería la cadena de custodia de las siguientes pruebas.

Sin pruebas, no tengo más que investigar…

Y es así como tendríamos, muy probablemente, una carpeta que se tenga que “archivar”.

Estaríamos ante todos los elementos legales para que las defensas de las personas detenidas

Si, no solo fue la caída del líder del CJNG, sino también la detención de miembros de dicho grupo criminal…

Puedan conseguir que no sean vinculadas a proceso o bien, no haya una condena para estos implicados…

Y en estos casos, los jueces serán los malos…

Ah pero que ya están los jueces que eligió el pueblo bueno y sabio…

La cómoda omisión de la FGR traería consigo la forma más despreocupada y desvergonzada de que no haya “más líneas de investigación”, y con ello, al final del día, sea un carpetazo más y de nueva cuenta…la prensa será la responsable de todo lo que salga mal en esta investigación…

Vamos a tener que estarles Siguiendo la pista…

#OPINIÓN

SIGUIENDO LA PISTA
Diana Luisa Ramírez

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