Se sancionarán con tres a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces diario vigente el valor de la Unidad de Medida y Actualización a quien elabore, divulgue, comparta, distribuya y/o publique, por cualquier medio, ya sea impreso, grabado o digital, contenido erótico, íntimo o sexual de una persona, mediante el uso de inteligencia artificial, sin el consentimiento de la víctima.
La iniciativa fue presentará por la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia para adicionar la fracción III al artículo 225 del Código Penal del Estado, a fin de sancionar a quienes cometan ese delito.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente.
Por otra parte, la Mesa Directiva dio cuenta de la iniciativa de la diputada Patricia Valencia Ávila para reformar la fracción VII del artículo 35 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la finalidad de agregar, dentro de los objetivos del Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, instrumentar acciones de atención y capacitación a mujeres víctimas de violencia que permitan su inserción laboral y empoderamiento económico.
En materia de género, también se dio cuenta de la iniciativa de la diputada Azucena Rosas Tapia para adicionar un segundo párrafo al artículo 13 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la finalidad de establecer que la violencia contra las mujeres en el ámbito laboral o docente puede consistir en un solo evento dañino o en una serie de eventos cuya suma produce el daño.
Las iniciativas de las diputadas Patricia Valencia Ávila y Azucena Rosas fueron turnadas a la Comisión de Igualdad de Género para su estudio y resolución procedente.
En tanto, el diputado Néstor Camarillo Medina presentó una iniciativa para adicionar la fracción XII al artículo 4; y reformar el artículo 23 fracción II y el 30 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla, con el objetivo de incorporar la perspectiva interseccional como un principio rector para la Fiscalía General del Estado y que deberá ser observada en la elaboración y seguimiento de sus investigaciones atendiendo la satisfacción del interés de la sociedad.
En la iniciativa, la perspectiva interseccional se define como la aplicación de metodología, análisis, mecanismos y protocolos que permiten identificar, cuestionar, valorar y referir los componentes que confluyen en un mismo caso, multiplicando las desventajas y discriminación. Este enfoque permite contemplar los problemas desde una perspectiva integral, evitando simplificar conclusiones y permitirá eliminar la exclusión, discriminación, desigualdad, barreras y obstáculos.
La iniciativa fue enviada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente.