La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional un precepto de la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio 2023, que preveía el cobro de estacionamiento mediante parquímetros. La resolución de los ministros invalidó esa disposición por violar los principios de legalidad tributaria y seguridad jurídica
El máximo tribunal de la nación resolvió las impugnaciones formuladas por la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla, e invalidó el artículo 57, fracción XI, de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2023.
En esta disposición se establecía el cobro de un derecho por la ocupación de espacios para estacionamiento de vehículos, realizado mediante dispositivos digitales (parquímetros).
Precisa la Corte que en el artículo impugnado no se especificaba la temporalidad a la que correspondían las cuotas, lo que implicaba que no existía la base del derecho sobre la cual se determinaría la tarifa a pagar.
Al respecto el ayuntamiento de Puebla precisó en un comunicado que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no implica que el sistema de parquímetros sea inconstitucional, como se ha desvirtuado.
Lo que apunta dicha resolución como inconstitucional, son los lineamientos referentes a las tarifas, por lo que esa observación será subsanada en su momento, a fin de seguir brindando orden a la vía pública.
Esta autoridad es respetuosa de las decisiones judiciales, por lo que esperaremos la notificación por parte de la SCJN para tomar las acciones pertinentes; en tanto, el funcionamiento se mantiene de manera normal, informó el gobierno de la ciudad capital.
Añadió el ayuntamiento que este esquema de estacionamiento tiene como objetivo mantener calles seguras y ordenadas.